2023-05-032023-05-0316052000002210-0018https://hdl.handle.net/20.500.14428/21044Manuscrito firmado.Título facticio.Anotaciones con tinta azul.Gabriel Collado, residente y morador de la Ciudad de los Reyes, declara que otorga, conoce, debe y me obligo a pagar al padre Antonio Rodríguez Lebrato, cura y vicario de la Villa Carrión de Velasco estante al presente, a quien le debe 593 pesos y 6 reales de a 8 reales el peso, los cuales son por la compra de 300 fanegas de maíz que le vendió, las doscientas fanegadas a 17 reales y las 100 fanegadas a 15 reales y medio, declara que el maíz se lo dio el padre Antonio Rodríguez Lebrato y se midió con buena medida, realmente acepta que se le ha entregado y se obliga a dar y pagar al dicho padre Antonio Rodríguez Lebrato o a quien su poder hubiere los 593 pesos y 6 reales, le indica que el pago lo hará en partes. Firman la escritura de obligación el 13 días del mes de Mayo de 1605. Ante los siguientes testigos: Andrés Sánchez, Pedro Pérez, Alonso Básquez Bustamante. Firman Gabriel Collado ante Pedro de León, escribano público.application/pdf2 páginasspainfo:eu-repo/semantics/openAccessManuscritos - Perú - Siglo XVII[Obligación: Gabriel Collado debe al padre Antonio Rodríguez Lebrato y se obliga a pagar 593.7 pesos, Huaura]ManuscritoCollado, GabrielRodríguez Cebrato, AntonioLeón, Pedro deHuaura, Lima (Perú : Provincia) - Historia - Época Colonial - Aspectos económicos